Aprobado un nuevo Real Decreto sobre juego seguro
El Consejo de Ministros ha aprobado, a petición del Ministerio de Consumo, una importante legislación para reforzar la protección a jugadores más vulnerables. Se considera necesario llevar a cabo un refuerzo de la exigibilidad en las medidas contra los trastornos del juego, así como definir un marco regulatorio mediante el establecimiento de directrices concretas.
Regulaciones de la nueva normativa
En primer lugar, y de forma general, el Real Decreto endurece las obligaciones de los operadores españoles con fuertes medidas, tales como la obligatoriedad de disponer de un teléfono de asistencia, avisar de cada hora que se haya estado jugando, tener que delimitar en la categoría de Otros juegos el tiempo de actividad, así como informar de la potencial pérdida máxima antes de iniciar la sesión.
Esta ley, además, categoriza a los jugadores en los siguientes tipos: “clientela privilegiada”, serán “aquellas personas que, atendiendo a su relevante nivel de gasto, son objeto por el operador de una atención especializada que les permite acceder a los productos o servicios ofrecidos por este en condiciones mejoradas o más ventajosas que al resto de la clientela o a actividades promocionales singularizadas”.
Por otro lado, están los “jugadores con comportamiento de juego intensivo “. Estos son “personas que hayan incurrido en pérdidas netas semanales iguales o superiores a 600 euros, durante tres semanas seguidas. En aquellos casos en que sean participantes jóvenes, las pérdidas netas semanales deberán ser iguales o superiores a 200 euros semanales, durante tres semanas seguidas”.
Clientela privilegiada y jugadores con comportamiento de juego intensivo
Para los clientes que se consideran privilegiados, la persona responsable del área de juego seguro en cada operador, deberá realizar un análisis personalizado de los jugadores para detectar posibles indicios de comportamientos de riesgo, así como para garantizar que las medidas dirigidas a estos usuarios son compatibles con la política de juego seguro del operador. Además, los menores de 26 años quedarán excluidos de esta categoría.
Sin embargo, para las “personas con comportamiento de juego intensivo”, en la que encajarían los jugadores frecuentes que puedan sufrir una mala racha, el Real decreto establece una serie de medidas de información, y de avisos obligatorios por parte del operador.
Entre estas están la imposición de ofrecer resúmenes de las estadísticas del juego en los que visualicen las pérdidas en las que se ha incurrido, o la imposibilidad de depositar por medio de tarjeta de crédito. En ningún caso el texto legal hace mención a una restricción de promociones para jugadores de este grupo.
Usuarios con comportamiento de riesgo y participantes jóvenes
Estar incluido o no en la categoría de usuarios con comportamiento de riesgo va a depender únicamente del operador, independientemente de si el usuario ha ejercido o no la autoexclusión con anterioridad. Según el texto del Real Decreto:
“Los operadores deberán establecer mecanismos y protocolos que permitan detectar los comportamientos de riesgo de las personas usuarias registradas. Se tendrán en cuenta a estos efectos criterios o indicadores objetivos que revelen patrones de actividad como, por ejemplo, el volumen, la frecuencia y la variabilidad de las participaciones o los depósitos.”
Cuando se incluyen a determinados usuarios en esta categoría, el operador debe informarlos y abrir un canal de comunicación que, en caso de no ser atendido en 72 horas por parte de los jugadores, conllevará la suspensión de la cuenta. Para los casos en que esta interacción sí se produzca se establecen limitaciones importantes, como la de no participar en promociones, tener restringidas las comunicaciones comerciales, limitación de los medios de pago, etc.
Por último, la ley categoriza a los menores de 26 años como “participantes jóvenes” y establece para ellos menores pérdidas para ser considerados como jugadores con “comportamiento de juego intensivo”.
Otras medidas para este colectivo serán mostrarles un mensaje reforzado sobre los posibles riesgos asociados al juego, o la prohibición de recibir promociones “cuyo objeto sea ajeno a la actividad de juego desarrollada en la plataforma del operador”.
La excepción del póker
Este Real Decreto establece en su artículo 13 la configuración previa de la sesión de juego bajo licencia general de Otros juegos, pero esto no afectaría a los torneos póker y spins, según dice, “por sus especiales características estructurales”, por lo que quedan excluido de las previsiones de este precepto.
Según el texto legal, “la autoridad encargada de la regulación del juego podrá excluir de las previsiones de este precepto, en atención a sus características estructurales, a ciertos juegos o establecer, para otros, reglas específicas sobre la sesión de juego”.
Con este argumento, la normativa no supondrá un cambio sustancial para aquellos jugadores de póker con un comportamiento saludable con el juego, salvo algunas notificaciones sobre su actividad o algunas limitaciones en los métodos de pago.